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Economia

Ministerio registra más de 950 mil casos laborales entre 2020-24

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En medio del debate sobre la reforma laboral en la República Dominicana, y las reiteradas solicitudes del sector empresarial para modificar el auxilio de cesantía contemplado en el Código de Trabajo, los registros del Ministerio de Trabajo indican que, entre 2020 y 2024, sus oficinas locales recibieron un total de 951,043 correspondencias relacionadas con desahucios, despidos y dimisiones.

Del total, 686,905 correspondencias estuvieron vinculadas a desahucios, 208,157 a despidos y 55,981 a dimisiones.

Según lo establecido en el Código de Trabajo, el desahucio es el acto mediante el cual una de las partes —empleador o empleado— da por terminado un contrato de trabajo por tiempo indefinido, con un aviso previo y sin necesidad de alegar causa.

Por otro lado, el despido se refiere a la terminación del contrato por decisión unilateral del empleador, y puede ser justificado si se demuestra una causa legal, o injustificado en caso contrario.

Las cifras no solo reflejan el volumen de documentación gestionada por el Ministerio, sino también el impacto humano detrás de cada expediente. En total, se vieron involucradas 1,228,196 personas, lo cual evidencia que muchas de estas correspondencias afectaron a varios trabajadores en un mismo caso.

Los desahucios impactaron a 899,215 personas, los despidos a 272,773 trabajadores, y las dimisiones a 56,208 personas.

1992

Es el año de la promulgación de la Ley 16-92, también conocida como el Código de Trabajo.

Entre las zonas con mayores incidencias figuran el Gran Santo Domingo, Santiago y San Cristóbal, aunque se registraron casos en todas las provincias del país.

Este flujo constante de trámites laborales pone en evidencia la presión enfrentada por el mercado de trabajo en los últimos años, marcada por las secuelas de la pandemia, la inflación y los cambios estructurales en distintos sectores productivos.

Industriales

Recientemente, Mario Pujols, vicepresidente ejecutivo de la AIRD, dijo en un acto desarrollado con motivo del Día de la Industria Nacional el 3 de abril de 2025, que en las discusiones actuales sobre el Código Laboral deben incluir un espacio de diálogo, análisis y compromiso respecto al tema de la cesantía.

Esto implicaría la coexistencia de dos tipos de contratos laborales: los vigentes, que no sufrirían modificaciones en cuanto a la figura de la cesantía, y los nuevos contratos (suscritos a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código) que contemplarían un límite de cesantía de seis años y un tope de liquidación de hasta 10 salarios mínimos. 

Pujols señaló que el sector industrial confía en que se podrá alcanzar un nuevo Código que responda a las demandas del futuro, sin afectar los derechos adquiridos y promoviendo la formalización del empleo en el país.

No hay acuerdo con la cesantía

El régimen de cesantía ha sido uno de los temas más controversiales en los intentos de reforma al Código de Trabajo en el país. La cesantía, según el marco actual, representa una compensación que el empleador debe pagar al trabajador en caso de despido injustificado o desahucio, calculada según el tiempo de servicio. 

Esta ha sido vista por algunos sectores como una protección al trabajador, pero por otros como una carga que desincentiva la formalidad y la contratación. Sobre este tema, en diferentes escenarios y el Congreso Nacional, los empleadores dominicanos han señalado que el auxilio de cesantía debe ser modificado en la reforma laboral sin afectar los derechos adquiridos. 

Sin embargo, los sindicales sostienen no aceptarán propuestas.

 En medio del debate sobre la reforma laboral en la República Dominicana, y las reiteradas solicitudes del sector empresarial para modificar el auxilio de cesantía contemplado en el Código de Trabajo, los registros del Ministerio de Trabajo indican que, entre 2020 y 2024, sus oficinas locales recibieron un total de 951,043 correspondencias relacionadas con desahucios, despidos y dimisiones.Del total, 686,905 correspondencias estuvieron vinculadas a desahucios, 208,157 a despidos y 55,981 a dimisiones.Según lo establecido en el Código de Trabajo, el desahucio es el acto mediante el cual una de las partes —empleador o empleado— da por terminado un contrato de trabajo por tiempo indefinido, con un aviso previo y sin necesidad de alegar causa. RELACIONADAS Empleo El nuevo ministro de Trabajo asegura la cesantía “no será un obstáculo” para aprobar reforma laboral Congreso Nacional La reforma laboral busca priorizar a los dominicanos en puestos de trabajo Empleo Proyecto de reforma laboral ya está en el Congreso Nacional Por otro lado, el despido se refiere a la terminación del contrato por decisión unilateral del empleador, y puede ser justificado si se demuestra una causa legal, o injustificado en caso contrario.Las cifras no solo reflejan el volumen de documentación gestionada por el Ministerio, sino también el impacto humano detrás de cada expediente. En total, se vieron involucradas 1,228,196 personas, lo cual evidencia que muchas de estas correspondencias afectaron a varios trabajadores en un mismo caso.Los desahucios impactaron a 899,215 personas, los despidos a 272,773 trabajadores, y las dimisiones a 56,208 personas. 1992Es el año de la promulgación de la Ley 16-92, también conocida como el Código de Trabajo.Entre las zonas con mayores incidencias figuran el Gran Santo Domingo, Santiago y San Cristóbal, aunque se registraron casos en todas las provincias del país.Este flujo constante de trámites laborales pone en evidencia la presión enfrentada por el mercado de trabajo en los últimos años, marcada por las secuelas de la pandemia, la inflación y los cambios estructurales en distintos sectores productivos.IndustrialesRecientemente, Mario Pujols, vicepresidente ejecutivo de la AIRD, dijo en un acto desarrollado con motivo del Día de la Industria Nacional el 3 de abril de 2025, que en las discusiones actuales sobre el Código Laboral deben incluir un espacio de diálogo, análisis y compromiso respecto al tema de la cesantía. Esto implicaría la coexistencia de dos tipos de contratos laborales: los vigentes, que no sufrirían modificaciones en cuanto a la figura de la cesantía, y los nuevos contratos (suscritos a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código) que contemplarían un límite de cesantía de seis años y un tope de liquidación de hasta 10 salarios mínimos. Pujols señaló que el sector industrial confía en que se podrá alcanzar un nuevo Código que responda a las demandas del futuro, sin afectar los derechos adquiridos y promoviendo la formalización del empleo en el país. No hay acuerdo con la cesantía El régimen de cesantía ha sido uno de los temas más controversiales en los intentos de reforma al Código de Trabajo en el país. La cesantía, según el marco actual, representa una compensación que el empleador debe pagar al trabajador en caso de despido injustificado o desahucio, calculada según el tiempo de servicio. Esta ha sido vista por algunos sectores como una protección al trabajador, pero por otros como una carga que desincentiva la formalidad y la contratación. Sobre este tema, en diferentes escenarios y el Congreso Nacional, los empleadores dominicanos han señalado que el auxilio de cesantía debe ser modificado en la reforma laboral sin afectar los derechos adquiridos. Sin embargo, los sindicales sostienen no aceptarán propuestas. Economía, Empleo, Joaquín Caraballo, Santo Domingo, Ministerio de Trabajo, Cesantía, reforma laboral, Código de Trabajo, desahucios, Casos laborales 

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