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Mundo Motor

¿Es partidario de que, a más renta, las multas de tráfico sean más altas?

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Sumar propone recargos de entre el 150% y el 500% a partir de unos ingresos anuales brutos de más de 70.000 euros. La DGT siempre se ha desmarcado de la idea. Leer 

Cuando en la primavera de 2022, la DGT endureció la sanción por el uso del móvil, solo lo hizo en el número de puntos que restaría del carné (de tres pasó a seis). En cambio, mantuvo el mismo importe: 200 euros. Y es que Tráfico es contrario a elevar el importe de las multas ya que considera que eso perjudicaría especialmente al grueso de la población, pero no los ricos. Y tampoco le ha ido mal: sólo en el año siguiente ingreso casi 502 millones de euros, la segunda cifra más alta de la historia. Sobre todo, gracias a las sanciones por excesos de velocidad, que suponen dos tercios del total.

Pero cabe preguntarse: ¿y si las multas de tráfico fueran progresivas, como lo es el impuesto sobre la Renta (el famoso IRPF)? Es decir, que el importe de la sanción viniese fijado por la capacidad económica del infractor. Porque, a nadie se le escapa, 200 euros pueden destrozar el mes a una familia con bajos ingresos; y apenas sería un pellizco en la economía de un futbolista de primera división.

Planteamos la cuestión porque el tema vuelve a estar de actualidad. Lo propuso el grupo parlamentario Sumar a finales del mes de marzo y esta semana, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, la ha calificado de «loable» ya que, asegura, la medida permitiría «reducir la desigualdad». Bustinduy forma parte de Sumar.

En cambio, Tráfico siempre se ha desmarcado de iniciativas de este tipo y que ya se han lanzado años atrás.

La Proposición de Ley que recoge la iniciativa plantea modificar el artículo 81 de la Ley de Tráfico, de manera que se establezca que las sanciones de tráfico se aumentarán de acuerdo con la capacidad económica del infractor. O se reducirán, de acuerdo a ese mismo criterio, cuando el nivel de renta sea especialmente bajo.

El incremento se realizaría de manera ponderada, sólo para las rentas más altas, pero con un impacto brutal. Así, aquellos infractores con unos ingresos anuales brutos de entre 70.000 euros y los 85.000 euros tendrían que abonar un recargo del 150%. Es decir, los 200 euros por usar el móvil se convertirían en 500. Para los conductores que declarasen más de 85.000 eurosy menos de 100.000, la penalización que se propone es de un 300% (800 euros en el caso citado) ; y en un 500% (multa real de 1.200 euros) si superan los 100.000 euros al año.

Por el contrario, también se abre la puerta a una reducción de la multa en dos supuestos: para aquellas personas que acrediten percibir unos ingresos de hasta 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, la reducción será del 30%; para aquellas que estén entre 1,5 y 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, la reducción será del 15%.

Algo similar a esto último es lo se aplica en Dinamarca, mientras que en Reino Unido la sanción solo se vincula con la renta del infractor cuando este recurre una multa por velocidad. En Suiza hay una cierta progresividad en las sanciones por excesos de velocidad, pero con límites y en Suecia cuentan con un sistema de multas diarias cuyo importe es proporcional a la renta, aunque exclusivamente para los comportamientos más graves, como puede ser conducir bajo los efectos del alcohol. Por último, Finlandia lo aplica de forma generalizada para que «la cuantía de la sanción sea razonable en relación a la capacidad de pago». Es también el país decano, ya que el sistema está en vigor desde 1921.

En cambio, Francia, Alemania, Italia o Portugal mantienen esquemas como el de España, donde solo hay dos excepciones a la norma.

Por un lado, el pronto pago permite reducir a la mitad el importe a abonar, si se hace en los primeros 20 días desde que se recibe la notificación; y supone renunciar al derecho de recurso.

Por el otro, los jueces sí disponen de discrecionalidad a la hora de imponer un castigo económico a un infractor de tráfico. Pero sólo si éste ha cometido un delito contra la Seguridad Vial y termina delante de un tribunal. Un ejemplo son los grandes excesos de velocidad, como el que cometió en 2018 el ex futbolista del Real Madrid, Karim Benzema.

En agosto de ese año fue detectado circulando a 194 km/h por la M40 madrileña, cuyo límite es de 100 km/h. En el juicio rápido donde se ventiló el delito, el juez le retiró el carné ocho meses y le condenó a pagar una multa diaria de 150 euros durante cuatro meses. En total, 18.000 euros. Tampoco una barbaridad frente a la decena larga de millones de euros que ganaba por entonces.

 

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